Preguntas Frecuentes del Aviso Automático de Exportación (AAE) 78 visitas
Carlos Mendoza Mendez | 19 Jun 2025

REPORTE EJECUTIVO
Asunto: Requisitos y Procedimiento del Aviso Automático de Exportación (AAE)
Fuente Oficial: SNICE – Secretaría de Economía
Fecha de Consulta: Junio 2025
1. Ubicación del procedimiento y formatos
Toda la información relacionada con el AAE (procedimiento, archivo Excel, escrito libre) se encuentra en el portal del SNICE en la siguiente ruta:
SNICE > Medidas no arancelarias > Avisos y Permisos > Trámites > Avisos Automáticos > Exportación
Enlace directo: https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/drrnas.avisosypermisos.tramites.html
2. Documentación requerida para cada solicitud
Cada vez que se solicite un AAE, se deben enviar por correo electrónico los siguientes documentos:
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Archivo Excel con el formato nombrado FORMATO-AAE
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Escrito libre en PDF, nombrado ESCRITO LIBRE, conforme a la regla 1.3.5
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Documento que acredite la personalidad jurídica del solicitante (PDF)
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Identificación oficial vigente del representante legal (PDF)
El escrito libre y el archivo Excel deben coincidir en el correo electrónico registrado y deben enviarse desde la misma cuenta que aparece en ambos documentos.
3. Correo oficial para envío de solicitudes
aviso.exportacion@economia.gob.mx
Asunto del correo: “Solicitud de Aviso”
4. Tiempos de atención
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Acuse con folio de seguimiento: dentro de las 24 horas siguientes al envío del correo.
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Resolución de la solicitud: dentro de los 10 días hábiles posteriores a la asignación del folio.
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Recepción de correos: lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas.
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Las solicitudes enviadas después de las 18:00 o en día inhábil se consideran recibidas al siguiente día hábil.
5. Validaciones importantes
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El correo electrónico en el archivo Excel, escrito libre y remitente debe coincidir.
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No se permite registrar más de un correo como enlace autorizado.
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No es necesario registrarse en el portal del SNICE para acceder al formato de Excel.
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No se requiere acreditar personalidad en cada solicitud, solo en la primera vez o cuando cambie el representante legal.
6. Cancelaciones y correcciones
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No se permiten modificaciones al AAE una vez emitido.
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En caso de errores, se debe solicitar la cancelación mediante escrito libre conforme a la regla 1.3.5, y realizar una nueva solicitud con los datos correctos.
7. Vigencia del AAE
El aviso tiene una vigencia de 15 días naturales a partir de su emisión.
8. Aplicación del AAE por tipo de operación
El AAE es aplicable a todas las exportaciones de las fracciones arancelarias listadas en el Acuerdo AAE, incluyendo su NICO.
No aplica para pedimentos con las siguientes claves:
V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V9, VD, BB, BC, BF, K1, K3, G7 y F9.
9. Reglas técnicas de llenado del Excel
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La solicitud se presenta por fracción arancelaria y país de destino, no por pedimento.
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La descripción en el Excel debe ser exactamente igual a la del pedimento.
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La clave que se debe declarar en el pedimento (Apéndice 9 del Anexo 22 RGCE) es C6.
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Los porcentajes de acero nacional e incorporado deben calcularse sobre el total de materiales que componen la mercancía.
10. Contacto para aclaraciones adicionales
Correo de contacto institucional: snice@economia.gob.mx
Categoría: Secretaria de Economia