Implementación de elementos arancelarios del Acuerdo Estratégico EE.UU.–Corea del Sur - CBP 42 visitas
Carlos Mendoza Mendez | 29 Dec 2025
REPORTE EJECUTIVO
Implementación de elementos arancelarios del Acuerdo Estratégico EE.UU.–Corea del Sur
Fecha de referencia: Diciembre 2025
Fuente: CBP – Cargo Systems Messaging Service (CSMS #66987366)
1. Contexto General
El Gobierno de Estados Unidos y la República de Corea del Sur formalizaron la implementación de los elementos arancelarios del Korea Strategic Trade and Investment Deal, mediante un Aviso publicado en el Federal Register el 4 de diciembre de 2025.
Como resultado, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU. (CBP) emitió lineamientos operativos que modifican la aplicación de aranceles Section 232, aranceles recíprocos (IEEPA) y su interacción con el arancel base del HTSUS para productos originarios de Corea del Sur.
Estos cambios ya fueron implementados en el sistema ACE y aplican tanto a operaciones futuras como a pedimentos ya presentados.
2. Principio Arancelario Central
El eje del cambio es la introducción de un tope arancelario efectivo del 15% ad valorem para la mayoría de los productos coreanos sujetos a medidas comerciales especiales.
La regla general es la siguiente:
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Si el arancel base (HTSUS Column 1 – General o Special) es igual o mayor a 15%, no se aplica arancel adicional.
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Si el arancel base es menor a 15%, se aplica un arancel complementario hasta alcanzar un 15% total.
Este criterio sustituye esquemas anteriores donde los aranceles se acumulaban (stacking), reduciendo distorsiones en el costo final de importación.
3. Impacto Específico por Sector
3.1 Automóviles y Autopartes (Section 232)
A partir del 1 de noviembre de 2025:
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Vehículos completos y autopartes coreanas quedan sujetas a una lógica de ajuste hasta 15%.
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Cuando el arancel base es menor a 15%, se utiliza un HTS Chapter 99 específico para completar la tasa.
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Cuando el arancel base es igual o mayor a 15%, el Section 232 adicional es cero.
Se mantienen esquemas de drawback para autopartes, siempre que se declare correctamente la separación entre el arancel base y el complemento del 232.
Adicionalmente, existen claves especiales para autopartes autocertificadas destinadas a producción o reparación automotriz en EE.UU., con exclusiones claras para acero, aluminio, cobre y vehículos pesados.
3.2 Productos de Madera y Muebles
Determinados muebles y gabinetes de cocina de origen coreano quedan sujetos a un arancel total del 15%, aplicable desde el 14 de noviembre de 2025.
Estos productos siguen siendo elegibles para drawback, lo que mitiga parcialmente el impacto financiero.
3.3 Aviación Civil
Para aeronaves civiles, motores, partes y componentes originarios de Corea del Sur:
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Se eliminan completamente los aranceles adicionales por:
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Reciprocal tariffs
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Acero
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Aluminio
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Cobre
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Este cambio refuerza la política de EE.UU. de protección estratégica del sector aeronáutico y aplica desde el 14 de noviembre de 2025.
4. Arancel Recíproco (IEEPA)
El arancel recíproco también se ajusta al esquema del 15%:
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Si el arancel base es ≥15%, el arancel recíproco es cero.
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Si el arancel base es <15%, se aplica un complemento hasta alcanzar el 15%.
Se elimina el uso del HTS 9903.02.56, el cual deja de estar vigente después del 13 de noviembre de 2025.
Los aranceles recíprocos continúan siendo elegibles para drawback.
5. Exenciones Vigentes
Los productos coreanos sujetos a Section 232 (acero, aluminio, autos, cobre, madera, vehículos pesados) continúan exentos del arancel recíproco, siempre que se declare correctamente el HTS 9903.01.33.
Esto refuerza la necesidad de una clasificación precisa y ordenada en Chapter 99.
6. Obligaciones Operativas para Importadores
CBP instruye expresamente a los importadores a:
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Revisar pedimentos ya presentados.
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Presentar Post Summary Corrections (PSC) para operaciones no liquidadas.
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Evaluar la presentación de protestas (dentro de 180 días) para operaciones ya liquidadas.
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Corregir la secuencia de clasificación HTS, ya que CBP prohíbe consolidar aranceles de distintos capítulos en una sola línea.
El orden correcto de declaración es crítico y será objeto de fiscalización.
7. Riesgos de No Actuar
No implementar estos cambios puede derivar en:
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Sobrepago de aranceles.
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Pérdida de beneficios de drawback.
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Rechazos o ajustes en ACE.
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Observaciones de CBP por mala clasificación.
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Impacto directo en costos y competitividad.
8. Conclusión Ejecutiva
Este CSMS representa un cambio estructural en la política arancelaria de EE.UU. hacia Corea del Sur, con impacto directo en sectores clave como automotriz, autopartes, manufactura avanzada, madera y aviación.
La correcta implementación no es automática y requiere una revisión técnica de pedimentos, sistemas y prácticas de clasificación. Las empresas que no ajusten sus procesos corren el riesgo de absorber costos innecesarios y exponerse a contingencias aduaneras.
Desde una perspectiva de cumplimiento y estrategia comercial, este ajuste debe tratarse como una acción prioritaria de corto plazo.
Categoría: Comunicados CBP