CMS #65573545 - Extensión de Modificación a Tarifas Recíprocas de Importación – EE.UU. 61 visitas

Carlos Mendoza Mendez | 14 Jul 2025

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Reporte Ejecutivo: Extensión de Modificación a Tarifas Recíprocas de Importación – EE.UU.

Fecha: 7 de julio de 2025
Fuente: CSMS #65573545 – U.S. Customs and Border Protection (CBP)


Antecedentes

El gobierno de Estados Unidos emitió una Orden Ejecutiva (EO) el 7 de julio de 2025, mediante la cual se extiende la suspensión de tarifas recíprocas específicas por país para la importación de mercancías, con excepción de los productos originarios de China, Hong Kong y Macao. La medida tiene impacto directo en las tarifas arancelarias aplicadas a las importaciones en el mercado estadounidense.


Disposiciones Principales

  1. Extensión del arancel adicional del 10%

    • Se mantiene un arancel adicional del 10% sobre el valor (ad valorem) para mercancías importadas a EE.UU. de la mayoría de los países, con excepción de China, Hong Kong y Macao.

    • Esta extensión aplica para importaciones realizadas hasta las 12:01 a.m. EDT del 1 de agosto de 2025.

    • El arancel se encuentra regulado bajo la partida 9903.01.25 del Harmonized Tariff Schedule (HTSUS).

  2. Tratamiento especial para China, Hong Kong y Macao

    • Para productos originarios de China, Hong Kong y Macao, la suspensión de tarifas especiales se extiende hasta el 12 de agosto de 2025.

    • Durante este periodo, estos productos continúan sujetos al arancel adicional del 10%, salvo que sean elegibles para alguna exención específica conforme a las partidas 9903.01.30 a 9903.01.33 y 9903.01.34 del HTSUS.

  3. Excepciones

    • No todas las mercancías están sujetas a esta disposición. Existen excepciones determinadas por subpartidas específicas del HTSUS (9903.01.26 a 9903.01.33, y condiciones establecidas en 9903.01.34).

    • Se recomienda a los importadores verificar la clasificación arancelaria de sus productos para determinar la aplicabilidad del arancel adicional.

  4. Implicaciones operativas

    • Las mercancías importadas para consumo directo o retiradas de almacén durante el periodo de vigencia continuarán sujetas a estas tarifas.

    • Es fundamental actualizar los sistemas de clasificación arancelaria y prever el impacto financiero en la cadena de suministro.

  5. Asistencia y soporte

    • En caso de problemas técnicos al momento de declarar importaciones, se recomienda contactar al representante de CBP o al ACE Help Desk.

    • Dudas sobre la interpretación de la orden ejecutiva deben ser canalizadas al Trade Remedy inbox: traderemedy@cbp.dhs.gov.


Conclusiones

La prórroga de la aplicación de tarifas recíprocas refuerza la política comercial actual de EE.UU., manteniendo un arancel adicional del 10% para la mayoría de los países exportadores hacia ese mercado, con una ventana extendida para productos provenientes de China, Hong Kong y Macao. Es imprescindible que las áreas de comercio exterior y logística revisen la clasificación de productos y actualicen sus estrategias de importación para mitigar riesgos financieros y asegurar el cumplimiento normativo.

Etiquetas: #CBP #CargoSystemService

Categoría: Comunicados CBP