Suspensión del trato libre de arancel (de minimis) para importaciones de bajo valor 61 visitas
Carlos Mendoza Mendez | 31 Jul 2025

SUSPENSIÓN DEL TRATO DE MINIMIS PARA TODAS LAS IMPORTACIONES
¿Qué es el trato “de minimis”?
Es una exención arancelaria para importaciones de bajo valor (por lo general, menores a $800 USD), que no pagan arancel ni requieren entrada formal. Está regulada por el artículo 1321(a)(2)(C) del Título 19 del Código de EE.UU.
¿Qué ordena el presidente?
A partir del 29 de agosto de 2025, se suspende el trato libre de arancel de minimis para todos los países y todos los productos, excepto en casos específicos que se detallan.
Fundamento de la decisión
Esta suspensión se basa en emergencias nacionales previamente declaradas por el Presidente en 2025, que afectan la seguridad nacional y salud pública, relacionadas con:
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Tráfico de fentanilo y otras drogas ilícitas
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Fallas en el control fronterizo por parte de Canadá y México
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Cadena de suministro de opioides sintéticos desde China
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Déficit comercial estructural de EE.UU.
Ámbitos específicos afectados
El trato de minimis se suspende por separado y de forma independiente para:
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Productos de Canadá (frontera norte)
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Productos de México (frontera sur)
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Productos de la República Popular China y Hong Kong
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Productos de todos los países, bajo el enfoque global de reciprocidad comercial
¿Qué implica esta suspensión?
A. Para la mayoría de los envíos:
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Todos los envíos que antes entraban libres de arancel bajo de minimis (salvo los postales) deben pagar aranceles, impuestos y cargos aplicables, sin importar su valor o país de origen.
B. Para envíos postales internacionales:
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Temporariamente seguirán exentos solo de aranceles, pero:
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Deberán pagar ciertos aranceles específicos o ad valorem.
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Están sujetos a nuevas reglas de declaración que CBP establecerá.
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Métodos de cobro de aranceles postales
Mientras CBP implementa su nuevo sistema:
Las paqueterías podrán elegir una de dos metodologías para calcular aranceles por país de origen:
1. Ad Valorem (porcentaje del valor declarado):
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Se aplica el arancel vigente bajo IEEPA por país.
2. Arancel específico por paquete (solo por 6 meses):
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Países con arancel <16%: $80 por paquete
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Países con arancel 16%-25%: $160 por paquete
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Países con arancel >25%: $200 por paquete
Nota: Solo se puede cambiar de metodología una vez por mes.
Obligaciones para transportistas y operadores logísticos
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Las empresas de mensajería y paquetería que envíen a EE.UU. deberán:
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Tener fianza de transportista internacional.
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Asegurar la recolección y remisión de aranceles a CBP.
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Declarar país de origen y cumplir con todas las reglas de entrada.
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Excepciones, limitaciones y aplicación
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Esta suspensión no se verá afectada aunque algún arancel adicional del 2025 se anule en tribunales.
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CBP puede exigir fianza incluso para importaciones informales menores a $2,500.
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La orden no afecta envíos postales hasta nuevo aviso, pero esa excepción será eliminada cuando CBP lo determine.
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No se crean derechos legales exigibles por terceros a partir de esta orden.
Categoría: White House Executive Orders