Aranceles Adicionales a Importaciones desde Canadá (CSMS #65798609) 81 visitas
Carlos Mendoza Mendez | 01 Aug 2025

Reporte Ejecutivo: Aranceles Adicionales a Importaciones desde Canadá (CSMS #65798609)
Fecha de entrada en vigor: 1 de agosto de 2025
Antecedentes:
El gobierno de Estados Unidos ha emitido múltiples órdenes ejecutivas con el objetivo de imponer medidas comerciales más estrictas a Canadá. Estas acciones se fundamentan en la preocupación por el flujo de drogas ilícitas a través de la frontera norte.
Las órdenes ejecutivas relevantes son:
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EO 14193 (1 de febrero de 2025)
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EO 14197 (3 de febrero de 2025)
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EO 14226 (2 de marzo de 2025)
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EO 14231 (6 de marzo de 2025)
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Orden ejecutiva adicional (31 de julio de 2025)
Objetivo de la medida:
Aumentar los aranceles a productos originarios de Canadá como una forma de presión económica, al considerar que el país no ha tomado acciones suficientes para frenar el tráfico ilegal de drogas hacia EE. UU.
Medidas establecidas:
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Arancel general del 35 %:
A partir del 1 de agosto de 2025, todos los productos originarios de Canadá que sean ingresados para consumo o retirados de almacenes aduanales para consumo estarán sujetos a un arancel adicional del 35 %.-
Clasificación HTSUS: 9903.01.10
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Excepciones: Productos clasificados en las partidas 9903.01.11 a 9903.01.15 y artículos personales incluidos en el equipaje acompañado.
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Actualización de aranceles previos:
Todos los artículos anteriormente sujetos al arancel del 25 % en virtud de la EO 14193 ahora estarán sujetos al nuevo arancel del 35 %, también a partir del 1 de agosto de 2025. -
Sanciones por transbordo fraudulento:
Si la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) determina que un producto canadiense fue transbordado para evadir el arancel, se aplicará un arancel punitivo del 40 %.-
Clasificación HTSUS: 9903.01.16
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Esta medida reemplaza cualquier tarifa previa para el artículo en cuestión.
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Acciones requeridas por los importadores:
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Verificar correctamente el origen y clasificación arancelaria de los productos.
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Asegurar el cumplimiento de las nuevas tasas.
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Evitar prácticas de evasión o transbordo indirecto, ya que serán severamente penalizadas.
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Contactar a su representante de CBP o al ACE Help Desk en caso de errores al presentar la declaración de importación.
Contacto oficial para dudas sobre el mensaje:
Correo electrónico: traderemedy@cbp.dhs.gov
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Categoría: Comunicados CBP