Decreto que Modifica el Decreto IMMEX 40 visitas

Carlos Mendoza Mendez | 27 Sep 2025

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Decreto que Modifica el Decreto IMMEX

Fecha de publicación: 28 de agosto de 2025
Autoridad: Gobierno de México – Presidencia de la República

1. Contexto y justificación

  • El Decreto IMMEX (Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) permite a las empresas importar temporalmente insumos y bienes para procesos de manufactura o servicios destinados a la exportación, difiriendo impuestos mientras las mercancías sean retornadas.

  • Entre 2021 y 2024 las importaciones de calzado terminado bajo IMMEX crecieron de manera exponencial, aumentando más de 24 veces en volumen y más de 12 veces en valor, mientras su precio promedio cayó casi 20 %.

  • Al mismo tiempo, el retorno de mercancía al extranjero disminuyó drásticamente: en 2021 se exportaban 6.59 pares por cada par importado; en 2024 la relación bajó a 0.88.

  • La industria nacional del calzado sufrió caídas en producción, empleo y valor de mercado: el PIB del sector bajó 12.8 % en 2024, se perdió 12.5 % de producción y cerca de 11 mil empleos formales.

  • Ante este panorama, el gobierno concluyó que muchas importaciones de calzado terminado bajo IMMEX no cumplían con el retorno, convirtiéndose de facto en importaciones definitivas sin pagar impuestos, afectando a la industria nacional y facilitando el contrabando técnico.


2. Objetivo de la reforma

  • Proteger la industria nacional del calzado, frenar el uso indebido de IMMEX para importaciones definitivas sin arancel, y evitar prácticas de contrabando.

  • Asegurar que el régimen IMMEX se concentre en su propósito original: manufactura y exportación, no comercialización interna.


3. Principales disposiciones

a) Modificación del Anexo I del Decreto IMMEX

  • Se amplía la lista de mercancías que no pueden importarse temporalmente al amparo de IMMEX.

  • Se incorporan todas las fracciones arancelarias de calzado terminado, comprendidas en las partidas 64.01 a 64.05 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE).

  • También se mantiene la prohibición para mercancías ya listadas previamente, como diversas prendas textiles, azúcares, alcoholes y artículos de cama, que ya formaban parte del Anexo I.

b) Reglas de retorno y permanencia

  • Se refuerza la obligación de que las empresas IMMEX destinen las mercancías a los fines autorizados y las retornen en los plazos establecidos.

  • No se podrán usar esquemas IMMEX para “simular” procesos productivos ni para introducir calzado terminado con intención de consumo interno.

c) Vigencia

  • El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 29 de agosto de 2025.


4. Implicaciones para las empresas

  • Empresas IMMEX (manufactureras o de servicios)

    • Deberán revisar su catálogo de fracciones arancelarias y suspender importaciones temporales de calzado terminado.

    • Las mercancías de calzado que hoy estén en proceso deberán retornarse o cambiarse a régimen definitivo conforme a los plazos del Decreto IMMEX.

    • Mayor control para evitar el uso de fracciones arancelarias de riesgo.

  • Industria nacional del calzado

    • Se espera un efecto protector, al reducir el ingreso de calzado importado sin pago de impuestos.

    • Posible estabilización del empleo y recuperación de capacidad de planta.

  • Autoridad aduanera

    • Refuerza la fiscalización contra el contrabando técnico.

    • Se facilita la supervisión y el cumplimiento de los plazos de retorno.


5. Conclusión

Este decreto cierra una brecha que permitía la importación de calzado terminado bajo IMMEX sin retorno ni pago de impuestos, práctica que estaba debilitando a la industria nacional.
Con la inclusión de las fracciones 64.01 a 64.05 en el Anexo I, las empresas ya no podrán importar temporalmente calzado terminado bajo este programa, debiendo destinar estas operaciones a importación definitiva y pagar los impuestos correspondientes.

En términos estratégicos, la medida protege el empleo, la competitividad y la producción nacional de calzado, al tiempo que fortalece el control aduanero y combate la subvaluación y el contrabando.

Etiquetas: #IMMEX #ECONOMIA #SAT

Categoría: Articulos Trade and Compliance