Decreto que Modifica el Decreto IMMEX 40 visitas
Carlos Mendoza Mendez | 27 Sep 2025

Decreto que Modifica el Decreto IMMEX
Fecha de publicación: 28 de agosto de 2025
Autoridad: Gobierno de México – Presidencia de la República
1. Contexto y justificación
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El Decreto IMMEX (Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) permite a las empresas importar temporalmente insumos y bienes para procesos de manufactura o servicios destinados a la exportación, difiriendo impuestos mientras las mercancías sean retornadas.
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Entre 2021 y 2024 las importaciones de calzado terminado bajo IMMEX crecieron de manera exponencial, aumentando más de 24 veces en volumen y más de 12 veces en valor, mientras su precio promedio cayó casi 20 %.
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Al mismo tiempo, el retorno de mercancía al extranjero disminuyó drásticamente: en 2021 se exportaban 6.59 pares por cada par importado; en 2024 la relación bajó a 0.88.
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La industria nacional del calzado sufrió caídas en producción, empleo y valor de mercado: el PIB del sector bajó 12.8 % en 2024, se perdió 12.5 % de producción y cerca de 11 mil empleos formales.
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Ante este panorama, el gobierno concluyó que muchas importaciones de calzado terminado bajo IMMEX no cumplían con el retorno, convirtiéndose de facto en importaciones definitivas sin pagar impuestos, afectando a la industria nacional y facilitando el contrabando técnico.
2. Objetivo de la reforma
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Proteger la industria nacional del calzado, frenar el uso indebido de IMMEX para importaciones definitivas sin arancel, y evitar prácticas de contrabando.
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Asegurar que el régimen IMMEX se concentre en su propósito original: manufactura y exportación, no comercialización interna.
3. Principales disposiciones
a) Modificación del Anexo I del Decreto IMMEX
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Se amplía la lista de mercancías que no pueden importarse temporalmente al amparo de IMMEX.
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Se incorporan todas las fracciones arancelarias de calzado terminado, comprendidas en las partidas 64.01 a 64.05 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE).
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También se mantiene la prohibición para mercancías ya listadas previamente, como diversas prendas textiles, azúcares, alcoholes y artículos de cama, que ya formaban parte del Anexo I.
b) Reglas de retorno y permanencia
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Se refuerza la obligación de que las empresas IMMEX destinen las mercancías a los fines autorizados y las retornen en los plazos establecidos.
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No se podrán usar esquemas IMMEX para “simular” procesos productivos ni para introducir calzado terminado con intención de consumo interno.
c) Vigencia
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El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 29 de agosto de 2025.
4. Implicaciones para las empresas
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Empresas IMMEX (manufactureras o de servicios)
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Deberán revisar su catálogo de fracciones arancelarias y suspender importaciones temporales de calzado terminado.
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Las mercancías de calzado que hoy estén en proceso deberán retornarse o cambiarse a régimen definitivo conforme a los plazos del Decreto IMMEX.
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Mayor control para evitar el uso de fracciones arancelarias de riesgo.
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Industria nacional del calzado
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Se espera un efecto protector, al reducir el ingreso de calzado importado sin pago de impuestos.
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Posible estabilización del empleo y recuperación de capacidad de planta.
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Autoridad aduanera
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Refuerza la fiscalización contra el contrabando técnico.
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Se facilita la supervisión y el cumplimiento de los plazos de retorno.
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5. Conclusión
Este decreto cierra una brecha que permitía la importación de calzado terminado bajo IMMEX sin retorno ni pago de impuestos, práctica que estaba debilitando a la industria nacional.
Con la inclusión de las fracciones 64.01 a 64.05 en el Anexo I, las empresas ya no podrán importar temporalmente calzado terminado bajo este programa, debiendo destinar estas operaciones a importación definitiva y pagar los impuestos correspondientes.
En términos estratégicos, la medida protege el empleo, la competitividad y la producción nacional de calzado, al tiempo que fortalece el control aduanero y combate la subvaluación y el contrabando.
Categoría: Articulos Trade and Compliance